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Nuevo método de cálculo del impuesto de la plusvalía municipal

Método de cálculo de la plusvalía

¡Enhorabuena! El nuevo método de cálculo del Impuesto de la Plusvalía

El 26 de octubre el Tribunal Constitucional (TC) hizo inconstitucional el cálculo que se aplicaba al Impuesto de la Plusvalía. Muchos se alegraron con la medida, sobre todo aquellos a quienes el cálculo del pago del impuesto al vender o heredar su vivienda, no les presentaba beneficio alguno.

El Tribunal dictó su sentencia indicando que la anulación entraría en vigor el mismo 26 de octubre y no dentro de un año como se esperaba. También cerró las puertas a algunas reclamaciones sobre el pago del impuesto para algunas personas, pero el Consejo de Ministros ya aprobó el decreto de la ley que modifica el método de cálculo de éste impuesto.

Desde el 10 de noviembre, quien venda una casa en pérdidas estará exento del pago, sólo se pagarán aquellos casos en que se venda o traspase una vivienda cuando haya generado ganancias.

Lee otro de nuestros artículos donde repasamos en detalle otros impuestos al momento de la compra-venta de una vivienda.

Dos opciones, dos métodos de cálculo.

Ahora tienes dos alternativas a la hora de hacer el cálculo y pagar este impuesto. Conócelas:

  • La fórmula objetiva: Se multiplicará el valor catastral del inmueble y contará con nuevos coeficientes para hacer el cambio. Ahora, cada año se irán aprobando coeficientes nuevos. Éstos irán contemplados, por ejemplo, en la ley de Presupuestos Generales del Estado y evolucionarán en función del mercado inmobiliario. Se trata de un método optativo, que te permite tributar en función de la plusvalía real obtenida en el momento de la transmisión del inmueble. 

 

  • La fórmula real: será un cálculo de la diferencia entre el precio de venta o traspaso y el precio de compra o adquisición del inmueble. Si el contribuyente demuestra que la plusvalía real es inferior a la resultante del método de estimación objetiva, podrá aplicar la real.

Para entender y conocer el por qué de éstos cambios, acompáñanos a conocer un poco más sobre este impuesto

Repasemos: ¿Qué es el Impuesto de la Plusvalía Municipal?

 

Técnicamente se lo conoce como Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). Es el tributo que grava las ganancias generadas al vender o heredar algún tipo de inmueble.  

Los que deben asumir este impuesto son los vendedores, los herederos en caso de fallecimiento, o los beneficiarios, en caso de una donación de esta transmisión.

Si quieres saber más sobre cómo calculábamos la plusvalía, haz click aquí para otro artículo donde lo explicamos detalladamente.

 

¿Por qué fue polémico?

El cálculo del impuesto tomaba en cuenta el valor catastral del suelo, la fecha de compra y de venta de la vivienda, los coeficientes de incremento y el tipo impositivo de la comunidad autónoma. El TC consideró que este cálculo era inconstitucional, porque determinaba que siempre habría un incremento de valor cuando se transmite un terreno, independientemente de que tal incremento exista. Es decir, el método de cálculo ignora si en el trámite han habido pérdidas o no, tampoco determina cuál fue la ganancia real obtenida. Lo que causó que muchos trámites inmobiliarios se fueran a reclamaciones por las pérdidas generadas a partir del pago del impuesto. 

 

¿Puedo reclamar una devolución del impuesto?

Muchos propietarios esperaban obtener una devolución después de haber pagado este impuesto que se declaró inconstitucional, pero el TC ya cerró esa puerta. La sentencia indica que no podrán ser revisados los casos ya juzgados, con resolución administrativa o las liquidaciones provisionales o definitivas que no hubieran sido impugnadas a la fecha 26 de octubre de 2021. Solo podrán beneficiarse de la declaración de inconstitucionalidad los contribuyentes que en su día recurrieron, o solicitaron la rectificación, y aún están esperando resolución.

 

¿Qué mejoró en el cálculo del Impuesto de la Plusvalía Municipal?

La nueva norma garantiza que los contribuyentes que no obtengan una ganancia por la venta de su casa quedarán exentos de pagar el tributo.

Además de la fórmula objetiva y la fórmula real, otra novedad es que serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, calculadas entre la fecha de adquisición y la de enajenación. El contribuyente ahora tiene la posibilidad de elegir cuál método le es más favorable. Podrá tributar en función de la plusvalía real obtenida al traspasar el inmueble, que es la diferencia entre el precio de venta y compra— o por el valor catastral y los nuevos coeficientes adaptados a las realidades del mercado.

Y a ti, ¿qué te parece la nueva forma de calcular la Plusvalía Municipal?

 

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