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¿Qué es un aval bancario? No alquiles tu casa con aval sin antes leer este artículo

Empecemos por definir qué es un aval. Un aval es una garantía donde en caso del incumplimiento con un pago, este será efectuado por un avalista quien se hace cargo de las obligaciones financieras por parte del avalado ante un tercero.

¿Qué es un aval bancario?

En el aval bancario indica que es el banco quién sirve como garantía a pedido del solicitante al momento del incumplimiento de un pago de este ante terceros. En pocas palabras, el banco se convierte en avalista y responderá por el solicitante del aval en el caso de que éste no pueda efectuar el pago que tiene convenido con un tercero.

Los avales bancarios son muy comunes en los contratos de alquileres.

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¿Cómo funciona el aval bancario en los alquileres?

Los avales bancarios son muy comunes en los contratos de alquiler, ya que los propietarios obtienen más seguridad al momento de cobrar la renta y este funciona como un seguro de pagos en caso de que un inquilino no pague.

Un inquilino que entregue un aval bancario a favor del propietario, le sumará puntos a su candidatura. La cuantía del aval será negociada entre inquilino y propietario y habitualmente se establece por un número de mensualidades.  La concesión del aval implica para el inquilino el pago de una serie de comisiones, como de estudio, de formalización y mensuales o anuales.

Algunos inquilinos aprovechan está situación para negociar una disminución de su renta al dar más solidez con el pago. Gracias a la contratación de un aval bancario, el propietario ve reducido el riesgo que debe asumir. El hecho de exponerse a no cobrar las cuotas mensuales queda minimizado, ya que puede recurrir al aval de ocurrir un impago por parte del inquilino. Sin embargo, si eres propietario de viviendas, debes saber que hoy en día los avales para que puedan ser realmente efectivos deben ser de un equivalente de doce mensualidades, una cantidad que no todos los inquilinos están dispuestos a aportar. Esto se debe a que lamentablemente los procesos de desahucio están demorando a día de hoy de media más de 12 meses.

¿Cuáles son los requisitos para obtener un aval bancario?

El banco al hacerse responsable de una posible futura deuda del solicitante, también corre un riesgo. Al igual que en los préstamos solicitará una serie de requisitos al inquilino que, normalmente, son los mismos que se exigen en cualquier operación bancaria. Ser cliente del banco avalista por varios años ayudará a la obtención de dicho aval. El banco analizará su nivel de solvencia, cumplimiento de pagos y fondos de los que dispone. Si está todo en orden hay muchas posibilidades de que avale por la cantidad solicitada.

Es posible que una de las condiciones para el inquilino será ingresar la cantidad del aval y dejarlo inmovilizado, ya que de esta forma el banco no tiene riesgos.

El solicitante del aval, deberá pagar una cantidad mensual o anual a la entidad bancaria que lo avala para poder cubrir un impago en el momento que sea necesario. Es importante remarcar que, normalmente, el valor de estas comisiones suele oscilar entre el 0,5% y el 1%.

También deberá proporcionar los datos específicos del inmueble que quiere alquilar, del dueño y del importe del aval.

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Tipos de avales bancarios.

Los bancos pueden variar las condiciones y cláusulas de los avales que ofrecen en base a distintos parámetros y valores, pero éstos son los principales:

  • Avales técnicos: El banco se hace cargo de la totalidad de las obligaciones del cliente, ya sea en concursos, subastas, impago de alquileres y más.
  • Avales económicos: El banco asegurará el cumplimiento de las obligaciones del cliente únicamente hasta una cierta cantidad y un plazo determinado.

¿Cómo cobra el propietario el aval bancario en caso de producirse un impago?

Si durante el periodo de tiempo establecido, el inquilino y solicitante del aval no cumple con lo acordado en su contrato de alquiler, el arrendador o propietario podrá solicitar al banco el pago de esas mensualidades.

 

Lo primero es determinar si dicho aval a ejecutar es un aval a primer requerimiento o no.

 

Si se trata de un aval a primer requerimiento, bastará con notificar en forma fehaciente al banco avalista sin necesidad de acreditar el incumplimiento del deudor. Esto hace que el pago sea inmediato. En caso contrario, para los avales que no sean a primer requerimiento, el propietario deberá demostrar el impago del inquilino y será un proceso más largo.

 

Existen hoy en día alternativas a esta garantía como contratar a una empresa que te brinde un alquiler con renta garantizada. Puedes saber más información de esto en este enlace.

Escrito en colaboración con Pablo Quintero

 

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